domingo, febrero 24, 2008

Quién debe tener el poder

Por Jorge Oyola / Líder de la Junta Comunitaria Los Filtros en Guaynabo

Más que una preocupación, gran parte del liderato comunitario y otros sectores se oponen al Proyecto del Senado 90 que pretende elevar a los municipios a rango constitucional.

Esta oposición se incrementa con la tensa confrontación propiciada recientemente por el alcalde de Dorado, Carlos López, contra los miembros de la Asociación de Residentes de Dorado del Mar durante una manifestación en oposición del proyecto Atlántico, propuesto a construirse en terrenos dentro de la urbanización.

Para Luis Cruz, portavoz de la comunidad de Juan Domingo en Guaynabo, el mero hecho de ver el comportamiento de alcaldes como López, levanta un cuestionamiento en torno a cómo serían las luchas comunitarias ante los ejecutivos municipales si sus administraciones cuentan con poderes constitucionales.

“Sería bien cuesta arriba como líder comunitario defender mi comunidad. ¿Quién fiscalizaría a los municipios?, ¿Qué papel y qué poder tendría la Legislatura? Ya que las asambleas municipales sustituirían y tomarían las decisiones por la asamblea legislativa, estaríamos a merced del municipio y su asamblea”, apuntó el líder vecinal.

José Figueroa, de la comunidad Toro Negro en Ciales, opinó que otorgar más poder a los municipios pondría en “alto riesgo” el trabajo que llevan a cabo las organizaciones comunitarias, además de trastocar los intereses a los que estos grupos cívicos responden, fuera de líneas partidistas.

“Aunque no se debe generalizar, para la mayoría de los alcaldes los asuntos político partidistas van por encima de estas organizaciones vecinales en la toma de decisiones sobre los problemas que las afectan y eso para mí es bien preocupante”, comentó Figueroa.

Más poder constitucional afectaría directamente a las comunidades con amenazas de expropiación, de acuerdo con Edwin Merced, de la comunidad Los Filtros en Guaynabo.

Merced indicó que para muchas comunidades el rango constitucional implicaría la exterminación, en ocasiones para dar paso a otros proyectos residenciales que no van dirigidos a satisfacer las necesidades de las personas desplazadas de sus casas.

En el caso de las comunidades especiales esto sucedería, según Myrna Vázquez de la comunidad Las Carolinas, porque un rango constitucional a los municipios pone en una situación muy frágil los derechos obtenidos por las vecindades.

En especial, se refirió a Ley 232 de agosto del 2004 que enmienda a la Ley Orgánica de Comunidades Especiales y que reconoce la injerencia comunitaria en la toma de decisiones referentes a los procesos de expropiación en un vecindario.

Vázquez señaló que aunque hay algunos alcaldes que toman en cuenta el trabajo de las organizaciones comunitarias, las propuestas de descentralización gubernamental deben dirigirse a fortalecer los movimientos comunitarios y proteger a aquellos vecindarios más amenazados.

“Debemos darle más poder a la Ley 1 (de 2001) de Comunidades Especiales, a la participación ciudadana, a la Ley 232 y a las organizaciones comunitarias para trabajar juntos por un Puerto Rico al cual todos tenemos derecho”, puntualizó Vázquez.

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